El Ayuntamiento abre el periodo de información pública para tres modificaciones puntuales del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Los interesados disponen de un plazo de dos meses, hasta el 24 de agosto de 2026, para presentar alegaciones.
El consistorio adnamantino somete a consulta de los vecinos la aprobación inicial de varios cambios puntuales en sus normas de ordenación. Los interesados disponen de un plazo de dos meses para examinar los expedientes.
La medida se produce tras el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Almazán en su sesión del pasado 3 de junio. A través de esta iniciativa, recogida en un único expediente bajo el número 120/2026, se tramitan de forma conjunta las modificaciones puntuales número 19, 20 y 21 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la villa adnamantina.
De conformidad con la legislación vigente, concretamente el artículo 52.2 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y el artículo 154.3 de su reglamento regulador, el anuncio ha sido publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) este martes, 23 de junio. A partir del día siguiente a esta publicación, se abre el preceptivo periodo de exposición pública para que cualquier persona física o jurídica pueda personarse en el proceso.
Estas reformas del planeamiento municipal responden a iniciativas promovidas por diferentes particulares del municipio.
El periodo de exposición pública se extenderá durante dos meses, fijando como fecha límite el próximo 24 de agosto. Durante este tiempo, los expedientes completos se encuentran disponibles para su examen presencial en las oficinas del Ayuntamiento de Almazán, situadas en la Plaza Mayor número 1, en horario de mañana de 09.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, el consistorio ha habilitado la consulta digital de los documentos a través de su página web oficial y de la sede electrónica, concretamente en el tablón de anuncios. Las alegaciones, sugerencias o reclamaciones que se estimen oportunas podrán presentarse por duplicado tanto de forma presencial en el registro municipal como de manera telemática a través de la citada sede electrónica del ayuntamiento.
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