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El nuevo convenio del metal introduce el 'currículum ciego' y subidas salariales del 3,5% anual

El nuevo convenio del metal introduce el 'currículum ciego' y subidas salariales del 3,5% anual

Actualizado 26/08/2026 08:46

El Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOPSO) ha publicado el Convenio Siderometalúrgico de Soria para el periodo 2026-2028. El acuerdo contempla subidas salariales anuales del 3,5%, cláusulas de revisión salarial y medidas de igualdad como el currículum ciego.

El Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOPSO) ha publicado este miércoles el nuevo Convenio Colectivo para el Sector Siderometalúrgico de Soria, que regulará las condiciones laborales del metal hasta finales de 2028. El documento, suscrito por la patronal FOES y los sindicatos UGT-FICA y CCOO, establece un marco de estabilidad para un sector clave en la provincia.

La resolución, dictada el pasado 21 de agosto por la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, oficializa un acuerdo que fue firmado por las partes negociadoras el 15 de julio de 2026. El convenio entra en vigor con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 y tendrá una vigencia de tres años.

Entre las principales novedades del texto destaca la actualización de las tablas salariales, la reducción progresiva de la jornada laboral anual y la incorporación de medidas sociales avanzadas, como el uso del 'currículum ciego' en los procesos de selección, así como la regulación del derecho a la desconexión digital.

El convenio establece un incremento salarial del 3,5% para cada uno de los tres años de vigencia (2026, 2027 y 2028). Además, se incluye una cláusula de salvaguarda para garantizar el poder adquisitivo de los trabajadores: si el Índice de Precios de Consumo (IPC) definitivo de cada ejercicio supera el 3,5%, se aplicará un incremento adicional por la diferencia con efectos retroactivos al 1 de enero de ese año.

Respecto a los efectos económicos de este ejercicio, las empresas del sector disponen de un plazo máximo que finaliza el 30 de septiembre de 2026 para hacer efectivos los atrasos correspondientes a las tablas provisionales de 2026.

La ordenación del tiempo de trabajo también experimenta cambios a lo largo del periodo de vigencia del acuerdo:

  • Años 2026 y 2027: La jornada laboral anual se fija en 1.742 horas.
  • Año 2028: Se producirá una reducción de la jornada hasta las 1.740 horas anuales.

Medidas de igualdad, desconexión digital y salud laboral

El nuevo marco regulador introduce avances significativos en materia social y de igualdad de oportunidades. En los procesos de selección de personal, las empresas deberán utilizar el 'currículum ciego' (eliminando los datos personales) y se garantizará, en la medida de lo posible, que al menos el 60% de los candidatos finalistas para los grupos profesionales 1 y 2 pertenezcan al sexo subrepresentado.

Asimismo, se reconoce explícitamente el derecho a la desconexión digital fuera del tiempo de trabajo para garantizar el descanso y la conciliación familiar. En el ámbito de la salud laboral, las empresas deberán contratar una póliza de accidentes que garantice indemnizaciones de 40.000 euros por fallecimiento, 50.000 euros por incapacidad permanente absoluta y 35.000 euros por incapacidad permanente total, siempre que deriven de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

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