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Golmayo tasa el vuelo, suelo y subsuelo de las energéticas

Golmayo tasa el vuelo, suelo y subsuelo de las energéticas

Actualizado 14/09/2026 10:20

El Ayuntamiento publica las nuevas tarifas para las empresas de suministros que utilicen el dominio público local. La ordenanza regula detalladamente el gravamen de tendidos eléctricos, tuberías de agua y gas, apoyos y transformadores.

El Ayuntamiento de Golmayo ha dado un paso definitivo en la regulación fiscal de su término municipal con la aprobación de las nuevas tarifas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local. Esta medida, que complementa el acuerdo adoptado a finales del pasado año, establece de manera pormenorizada los gravámenes que deberán asumir las grandes compañías explotadoras de servicios de suministros.

La resolución, firmada por el alcalde de la localidad, Benito Serrano Mata, detalla las cuotas tributarias unitarias que se aplicarán sobre cada unidad de medida instalada en el suelo, subsuelo o vuelo del municipio. De este modo, las infraestructuras destinadas al transporte y distribución de energía eléctrica, agua, telecomunicaciones e hidrocarburos contarán con un marco impositivo específico adaptado a sus características técnicas.

Toda vez que la normativa busca ordenar el aprovechamiento del espacio público, el consistorio ha estructurado las tarifas en función del impacto y la capacidad de cada instalación. La publicación oficial de este lunes concreta las cuantías que afectarán tanto a los tendidos aéreos y subterráneos como a los apoyos, transformadores y canalizaciones de diversa índole que discurren por el término municipal.

Así las cosas, las empresas del sector deberán hacer frente a unos costes variables calculados a partir de la potencia, el diámetro o la longitud de sus redes. Esta actualización fiscal pretende garantizar un retorno económico justo para las arcas municipales por el uso privativo de unos bienes que pertenecen a toda la comunidad de Golmayo.

Tarifas detalladas para electricidad y telecomunicaciones

En lo que respecta a las líneas eléctricas aéreas, la ordenanza establece una escala que comienza en los 0,60 euros por metro lineal para los tendidos de menor potencia, inferiores a un kilovatio, y que se eleva progresivamente hasta alcanzar los 7,60 euros en aquellas instalaciones que superen los 400 kilovatios. Para los tramos intermedios, como los de 123 a 200 kilovatios, la tasa se fija en 3,60 euros, mientras que los tendidos de entre 36 y 52 kilovatios abonarán 2,42 euros por metro.

Por su parte, las canalizaciones subterráneas conllevan un gravamen superior habida cuenta de la mayor afección al subsuelo. Las tarifas para estas redes subterráneas oscilan entre los 1,06 euros para las líneas de menos de un kilovatio y los 16,59 euros para las que superan los 132 kilovatios, pasando por cuotas intermedias de 9,69 euros para tendidos de entre 36 y 52 kilovatios. Asimismo, los elementos de soporte físico como las torres de energía también quedan regulados, con cuotas que van desde los 38,35 euros para apoyos de menos de 12 metros hasta los 82,55 euros para las estructuras que superen los 24 metros de altura, mientras que cada transformador tendrá una tarifa fija de 245,38 euros.

Gravámenes para el agua, el gas y los hidrocarburos

El transporte de fluidos y combustibles también cuenta con su propio esquema impositivo dentro del término municipal. En el caso de las tuberías de gas e hidrocarburos, la cuota tributaria unitaria se ha fijado en 0,50 euros para los gasoductos de hasta cuatro pulgadas, incrementándose hasta los 1,32 euros para aquellas conducciones que superen las 20 pulgadas de diámetro. Además, los tanques de almacenamiento de gas natural licuado tendrán un gravamen específico de 11,45 euros por metro cúbico.

De igual manera, la distribución de agua a través de la red pública local queda sujeta a estas nuevas directrices fiscales. Las conducciones de hasta 10 centímetros de diámetro pagarán una cuota de 0,35 euros por metro, una cifra que asciende a los 0,42 euros para tuberías de hasta 25 centímetros, a los 0,56 euros para las de hasta 50 centímetros y que alcanza un máximo de 0,66 euros por metro lineal en el caso de las canalizaciones que superen dicho diámetro.

Contra este nuevo marco tarifario, que entra en vigor tras su publicación en el boletín provincial, las empresas y particulares interesados disponen de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo. Este trámite deberá realizarse ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, de acuerdo con la legislación vigente reguladora de las haciendas locales.

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