El Plan Soria contempla una partida 50.000 euros del para financiar el traspaso o compraventa de empresas en municipios de menos de 20.000 habitantes. Las solicitudes pueden presentarse a partir de este sábado y los beneficiarios optan a subvenciones de hasta 25.000 euros.
Ha sido publicado el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Soria por el que se convocan las subvenciones destinadas a apoyar el relevo generacional de negocios en el medio rural. Esta línea de ayudas, enmarcada dentro del Plan Soria 2026 y rubricada por el presidente provincial, Benito Serrano Mata, cuenta con una dotación presupuestaria total de 50.000 euros para facilitar la continuidad del tejido productivo en los pueblos.
El objetivo principal de esta convocatoria pasa por respaldar el traspaso o la compraventa de establecimientos ubicados en localidades sorianas de menos de 20.000 habitantes, facilitando de este modo la cofinanciación de las inversiones necesarias para su mantenimiento. La actuación se encuadra en el eje de promoción de la cohesión territorial frente al reto demográfico del Plan Soria Conectada y Saludable 2021-2027, tras la subvención concedida a la institución provincial por la vicepresidencia segunda de la Junta de Castilla y León el pasado 1 de octubre.
En lo que respecta a la cuantía económica que percibirán los solicitantes, las bases establecen dos tramos diferenciados según el volumen de la operación. Cuando la inversión subvencionable recogida en la petición supere los 62.500 euros, la ayuda directa alcanzará un máximo de 25.000 euros, mientras que para aquellas inversiones inferiores a dicha cifra de referencia la subvención cubrirá el 40 % del importe admisible.
Las ayudas se concederán hasta agotar el crédito disponible en la partida presupuestaria correspondiente al presente ejercicio. Con todo, el texto oficial precisa que si las solicitudes que cumplen los requisitos superan los fondos asignados, el órgano gestor procederá al prorrateo proporcional entre el número de peticionarios y el coste de la actividad de traspaso o compraventa. El contenido íntegro de la convocatoria figura ya en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se rige por la Ordenanza General de la institución provincial.
A esta línea de apoyo pueden acogerse tanto personas físicas como jurídicas, incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles, que adquieran un negocio rural transferido por jubilación de su titular o por cese de actividad. Como requisito indispensable y previo a la solicitud, los interesados habrán de someterse a un proceso de asesoramiento del que resultará un estudio de viabilidad, documento que deberá ser elaborado por una persona o entidad sin vinculación familiar ni laboral con el comprador.
Particular atención presta la convocatoria a los relevos generacionales efectuados entre parientes de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad, supuestos en los que resultará obligatoria una autorización previa de la Diputación. Para obtenerla, el expediente deberá incorporar una petición expresa que el órgano instructor valorará atendiendo a la realidad de la transmisión y a la continuidad efectiva de la actividad económica, siendo denegada la ayuda en caso de no contar con este visto bueno.
Además, en estas transmisiones familiares se exige que el titular saliente se jubile en la horquilla temporal comprendida entre el mes anterior y el posterior a la rúbrica del traspaso, sin que el importe subvencionable pueda exceder en ningún caso del coste de dicha cesión. Por otra parte, quedan excluidos de la convocatoria los traspasos materializados antes del 1 de enero de 2026, quienes ya resultaran beneficiarios en la segunda convocatoria del Plan Soria 2025, las personas incursas en prohibiciones de la Ley General de Subvenciones o normativas de incompatibilidades públicas, así como los sectores detallados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE y los servicios a terceros vinculados a ellos.
Dentro de los conceptos que pueden recibir financiación se contempla el coste del traspaso de bienes y derechos afectos al establecimiento, tales como maquinaria, mobiliario, equipamiento, instalaciones, utillaje y otros elementos inventariables ligados directamente al funcionamiento del local. Asimismo, se admite el coste de la transmisión de la sociedad de capital propietaria del negocio y las nuevas inversiones en activos fijos necesarias para la marcha de la actividad, quedando expresamente fuera de las ayudas el fondo de comercio, las fianzas y los alquileres.
El plazo para la presentación de solicitudes se abre este sábado, día siguiente a la publicación del extracto en el boletín provincial, y se prolongará hasta el 31 de mayo de 2027 a través de los cauces previstos en la ley de procedimiento administrativo. Los aspirantes deberán aportar el Anexo I cumplimentado, copia del NIF o CIF, acreditación de titularidad de la cuenta bancaria, el citado estudio de viabilidad, una declaración responsable sobre otras ayudas concurrentes y el contrato detallado de compraventa o traspaso con la valoración individualizada de los elementos, sumando el poder de representante y los estatutos si concurre una persona jurídica, o la resolución de jubilación y solicitud de permiso si media parentesco.
En la fase de justificación no se admitirán en ningún caso los pagos en metálico acreditados mediante recibí del proveedor ni los abonos efectuados por terceras personas ajenas al expediente, toda vez que todos los desembolsos deberán realizarse desde la cuenta bancaria titularidad del solicitante. Los anexos, las bases completas y el resto de documentación se encuentran a disposición de los interesados en el portal web de subvenciones de la Diputación.
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